¿Es legal colocar banderas en los balcones?

Su presencia se ha normalizado y es algo que no gusta a todos

14 de Mayo de 2020

Las hay de todos los colores y en una época en la que el COVID-19 ha puesto nuestras vidas del revés, mucha gente ha decidido ponerse la solidaridad por bandera de muchas maneras, incluyendo los mensajes de apoyo en las terrazas y balcones.

Y se han decidido a comprar banderas online y demostrar desde casa su apoyo haciendo uso de la libertad de expresión, ya que cualquier bandera se puede encargar personalizada y de manera muy fácil en internet.

Hasta que algunas personas se encuentran con la sorpresa de que su bandera genera conflicto. Para evitarlo, sólo hay que informarse de lo que se puede hacer o no en el asunto de las banderas.

 

Cualquier elemento que altere la fachada requiere autorización

En la fachada del edificio manda la comunidad de vecinos y la ley les avala, por lo que si se decide por parte de la comunidad que no haya ningún elemento que altere al inmueble, eso incluye a las banderas.

Pero atención porque si la bandera ocupa el espacio interior de la terraza o balcón, entonces sí que se trata del espacio privado de la vivienda y ahí la comunidad de vecinos no puede inmiscuirse.

En principio debe bastar con una petición de retirada pero en ocasiones se producen serios desentendimientos. Y lo cierto es que no todos los juristas tienen claro que la prohibición acerca de las banderas en las fachadas pueda ejercerse mientras no se altere ésta con elementos como mástiles o cualquier tipo de soporte como ocurre con los aparatos de aire acondicionado, por ejemplo.

 

Dentro de casa cada persona puede colocar lo que desee

Pero hay que prestar atención si se tiene un contrato de alquiler porque en este caso aunque la vivienda no pertenezca a una comunidad de vecinos o dicha comunidad no lo prohíba en sus normas, sí que el propietario puede incluir la cláusula de la prohibición de colocar banderas en los balcones o ventanas, un tema que viene causando mucha polémica porque se plantea la duda de si el propietario de la vivienda puede inmiscuirse en los asuntos de la fachada de la comunidad. La mayoría incluye este precepto simplemente para prevenir posibles encontronazos con la comunidad de vecinos.

El hecho de que exista esta cláusula ya es una muestra de que las banderas están de moda de un modo que hace años era inimaginable. Teniendo en cuenta esta tendencia se podría plantear ¿Se puede prohibir la colocación de banderas que no tengan un carácter político o que sean de apoyo a los sanitarios? Porque hay expertos en derecho que aducen que la prohibición choca con un derecho fundamental como es el de la libertad de expresión, pero la cuestión es la legitimidad de hacer uso de ese derecho sobre un espacio como es la fachada cuya titularidad no es individual.

 

Qué ocurre si se hace de forma temporal

Este puede ser el caso del apoyo a los sanitarios o con motivo de una festividad concreta. En esta situación es difícil que un juez terminase por dar la razón a la comunidad en este litigio al tratarse de una acción que no afecta de forma permanente a la fachada.

En el caso de que la comunidad de vecinos no permita la colocación de la bandera de manera permanente, una solución para hacer uso de la libertad de expresión es colocar la bandera por dentro de la ventana, de manera que sea visible desde la calle pero no afecte a ninguna zona común.

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