EPSA exige a los inquilinos de sus pisos que paguen 306 euros de IBI

10 de Mayo de 2013
 EPSA exige a los inquilinos de sus pisos que paguen 306 euros de IBI
EPSA exige a los inquilinos de sus pisos que paguen 306 euros de IBI
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El grupo municipal del PP ha mostrado su desacuerdo con la carta que la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (Epsa) está remitiendo a los inquilinos de las viviendas públicas en alquiler con las que cuenta en Lucena, comunicándoles que se les prorrateará el IBI del año 2011, en los recibos que abonen durante todo el año.
 
 
Según explicó ayer el portavoz del PP, José María Morillo-Velarde, se trata de unos 306 euros, que EPSA pretende cobrar incrementando en el pago del alquiler cada mes unos 25,5 euros, "una cantidad que para muchos es importante", habida cuenta de que se trata de viviendas con alquiler social, que en muchos casos ocupan familias con varios hijos, con escasos recursos económicos e incluso en riesgo de exclusión social, como ocurre en algunos casos con los pisos de la calle Córdoba.
 
Se da la circunstancia de que en los últimos 20 años estas viviendas siempre estuvieron exentas de pagar este tributo, "al parecer por no estar inscritas en el catastro hasta 2010", según explicó ayer Morillo-Velarde, que mostró la perplejidad de la medida, por lo que tiene de contraproducente que la misma consejería de la Junta de Andalucía que pretende expropiar inmuebles vacíos que no sean alquilados o potenciar el alquiler social, exija ahora el pago de este impuesto a los inquilinos de sus viviendas protegidas, "aunque la ley lo autorice, ya que EPSA tiene el derecho pero no la obligación de exigir esos pagos".
 
La situación no es exclusiva de Lucena, sino que afecta a todos los municipios donde EPSA dispone de viviendas de protección oficial en régimen de alquiler. EPSA recoge en los escritos que se procederá a girar a los inquilinos de estas viviendas públicas la cantidad correspondiente durante los próximos doce meses y se refiere a la necesidad de “una modificación de la ley para que las viviendas públicas en alquiler queden exentas del pago de este impuesto”, entendiendo “desproporcionada la cuantía del impuesto con respecto a su cuota de alquiler”, e incluso responsabiliza de esta situación a los ayuntamientos, indicando que “a nuestro pesar, y aun habiendo solicitado la máxima bonificación del impuesto, el Ayuntamiento ha hecho caso omiso a nuestra petición”.
 
 
Ayuntamientos como el de Puente Genil se han expresado ya con rotundidad contra la medida e incluso han acusado a EPSA de "deslealtad institucional" y exigiendo una rectificación pública del contenido de las cartas, solicitando ayuda a la Asesoría Jurídica del Instituto de Cooperación con la Hacienda Local de la Diputación.
 
Fuentes del sector inmobiliario han señalado a LucenaHoy que, aunque el pago del IBI puede ser consignado en los contratos de arrendamiento a cargo del inquilino si así se pacta, lo habitual es que sea satisfecho por el propietario –ya que establece un gravamen sobre la propiedad del inmueble– no así otros recibos como los correspondientes a basura, agua, gas o luz, ligados al consumo que haga el arrendatario.
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