Social-Sanitario: El Ayuntamiento deberá devolver a Vitalia un 75% de la fianza incautada, según el juez

El ayuntamiento de Lucena tendrá que devolver un setenta y cinco por ciento de la fianza incautada a Vitalia tras acuerdo plenario de mayo de 2013, por incumplimiento del contrato para la construcción de la parte social del Centro SocioSanitario, firmado por ambas partes en diciembre de 2011

03 de Noviembre de 2014
 Firma del contrato entre Vitalia y el Ayuntamiento de Lucena. Archivo LucenaHoy
Firma del contrato entre Vitalia y el Ayuntamiento de Lucena. Archivo LucenaHoy
 
El ayuntamiento de Lucena tendrá que devolver un setenta y cinco por ciento de la fianza incautada a Vitalia tras acuerdo plenario de mayo de 2013, por incumplimiento del contrato para la construcción de la parte social del Centro SocioSanitario, firmado por ambas partes en diciembre de 2011.
 
Según explicó a LucenaHoy la pasada semana el alcalde de Lucena, Juan Pérez, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba ha otorgado la razón a Vitalia parcialmente, considerando justificado que el ayuntamiento se incaute de un 25% de la garantía constitutida, pero obligándole a devolver el resto, por lo que el ayuntamiento debería reembolsar a Vitalia Videga unos 91.500 de los 122.000 euros de la fianza constituida como garantía.
 
Pérez señaló a este medio que el ayuntamiento tiene la intención de presentar recurso contra esta decisión judicial, toda vez que los servicios jurídicos consideran que no ha hecho una interpretación correcta del perjuicio que la actitud de Vitalia ha supuesto a los intereses municipales. 
 
El recurso interpuesto por Vitalia insistía en el argumento de que dichos incumplimientos vinieron determinados por la imposibilidad de la Junta de Andalucía de hacer frente a su compromiso de concertación de un 75% de las plazas del centro social-sanitario, por lo que consideraba que no era de recibo la incautación de la garantía. A ello se sumarían otras consideraciones formales, como la posibilidad de que dicho acuerdo se hubiese adoptado fuera del plazo legal establecido para ello, por lo que pedían la devolución íntegra de la fianza.
 
El consistorio no tendrá que hacer frente a costas judiciales por este procedimiento judicial, iniciado por Vitalia.
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