Repartir folletos o pegar carteles tendrá una tasa mínima de 25 euros

30 de Octubre de 2011
 Repartir folletos o pegar carteles tendrá una tasa mínima de 25 euros
Repartir folletos o pegar carteles tendrá una tasa mínima de 25 euros
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Las nuevas ordenanzas municipales aprobadas en el último pleno obligarán a todas las empresas o personas físicas que deseen distribuir en la vía pública publicidad escrita como carteles, folletos, revistas de difusión gratuita, octavillas o flyers... a pagar una tasa mínima de 25 euros en concepto de tasas por aprovechamiento del dominio público.

El concejal de Hacienda, José Cantizani, ha señalado que "esta tasa ya existía", aunque en por regla general pocas empresas se dirigían al ayuntamiento para pagarla y obtener el permiso oficial para distribuir este tipo de material publicitario, y cuando lo hacían, la liquidación de la tasa, realizada en función del número de ejemplares distribuidos, generalmente pequeñas cantidades, era mínima y ni siquiera cubría el coste estimado de la atención del funcionario encargado del servicio.

A partir de la entrada en vigor de las nuevas ordenanzas la distribución de octavillas o folletos en la vía pública y la pegada de carteles en los espacios habilitados para ello tendrán que realizarse previo pago de la tasa correspondiente, que tendrá un coste mínimo de 25 euros. Aquellas empresas que precisen distribuir una gran cantidad de material publicitario de forma periódica podrán llegar a un convenio con el ayuntamiento para pactar una tarifa más reducida de carácter anual. La ordenanza establece que quedarán exentos del pago de esta tasa todas las asociaciones o colectivos sin ánimo de lucro.

El incumplimiento de esta ordenanza dará lugar a la imposición de una sanción económica mínima de 100 euros para la empresa anunciante, previa denuncia del hecho por parte de la policía local.

Por otra parte, la nueva ordenanza también incorpora en este mismo capítulo una tasa de nueva creación por la colocación de pancartas y de carteles por parte de las agencias de la propiedad inmobiliaria. Se trata de una cuota fija anual de 60 euros por empresa.
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