Los cuerpos se seguridad imponen una decena de multas a ciudadanos que se encontraban en la calle sin motivo justificado.

Los agentes han reforzado durante el día de hoy los controles policiales en casco urbano y en polígonos.

17 de Marzo de 2020
 Agentes del Cuerpo Nacional de Policía conversan con un ciudadano. Archivo
Agentes del Cuerpo Nacional de Policía conversan con un ciudadano. Archivo

Estos primeros días desde que se decretase el estado de alarma en España han dejado ya las primeras multas a los ciudadanos que se encontraban fuera de su domicilio sin un motivo justificado.

Las advertencias de las primeras horas han empezado a transformarse en las primeras sanciones económicas por incumplir las directrices del Gobierno y encontrarse en la calle o en espacios públicos sin una causa que lo permita.

En las últimas horas, el dispositivo policial, coordinado en Lucena por el Cuerpo Nacional de Policía e inctegrado además por Policía Local y Guardia Civil, ya ha multado a diez personas por esta causa.

También fue necesario "invitar" a algunos establecimientos a cerrar sus puertas durante la jornada del domingo, entre ellos una churrería y varios bares y cafeterías que se encontraban abiertas al público por la tarde.

Ante la evidencia de que aún hay ciudadanos que, de forma irresponsable, no cumplen con las normas sobre limitación de la movilidad para evitar la proliferación de contagios por COVID-19, los agentes han reforzado durante el día de hoy los controles policiales en casco urbano y en polígonos.

Además, se están utilizando los propios sistemas de megafonía de los vehículos policiales para poner a la población sobre aviso de la situación y la obligación de permanecer en sus domicilios salvo en los casos estipulados para ello.

 

¿PUEDES SALIR A LA CALLE?

El decreto deja claro que solo se podrá salir para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; asistir a centros hospilatarios; desplazarse al lugar de trabajo o volver a casa; cuidar a mayores, menores o enfermos o ir al banco. Las salidas deberán ser de individuales de forma general. También se pueden sacar a las mascotas para hacer sus necesidades de forma breve y responsable. No se puede hacer deporte al aire libre.

La Ley de Seguridad Ciudadana cataloga como infracción grave (y recogida en el artículo 36.6), castigada con una multa de 601 a 30.000 euros, "la desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones cuando no sean constitutivas de delito".

La aplicación de estas normas responde a una crisis sanitaria, de manera que se prevé que los ciudadanos actúen de manera prudente y los casos de incumplimiento (y por tanto multa) serán "minoritarios". No obstante, ademas de perjudicar tu salud y la de tus seres queridos y vecinos, salir a darte un paseito puede salir caro a tu bolsillo.

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