Javi Gómez solo es sancionado con una amarilla y podrá jugar en Cáceres

22 de Enero de 2014
Javi Gómez solo es sancionado con una amarilla y podrá jugar en Cáceres

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El Lucena continuará siendo guiado por su máximo exponente en Cáceres. El juez de competición de la Real Federación Española de Fútbol, tras valorar el recurso interpuesto por el Lucena, decidió este miércoles anular la tarjeta roja con la que fue sancionado Javi Gómez el pasado domingo y, únicamente, amonestarlo por "emplear juego peligroso" e imponer una multa accesoria al club de 30 euros. El órgano competente de la institución futbolística ha aplicado los artículos 111.1 y 52.5 del Código Disciplinario.

Por lo tanto, Rafael Carrillo, Falete, dispondrá del ariete conquense en el duelo que protagonizará el cuadro celeste en el estadio Príncipe Felipe de Cáceres, previsto para este domingo a las 12:00 horas. Javi Gómez ha materializado, en las veintidós jornadas cumplidas de la competición liguera, 9 goles, el 45% del total de los tantos marcados por el Lucena.

El colegiado extremeño García Maqueda, expuso, en el acta correspondiente al enfrentamiento entre el Lucena y La Roda, y que concluyó con el resultado de 1-0, a favor de los lucentinistas, precisamente con gol de Javi Gómez, su visión de la incidencia: "En el minuto 64 el jugador Javi Gómez fue expulsado por el siguiente motivo: dar una patada a un contrario impactando en la cara, utilizando fuerza excesiva, en la disputa del balón, teniendo que ser atendido en el terreno de juego y sustituido posteriormente". La sangre que expulsó por su barbilla el central Castellanos, a causa del impacto, se confirmó como determinante para el juicio del árbitro.

Sin embargo, el juez de competición "tras el visionado de la prueba videográfica aportada por el Lucena" entiende que el miembro del equipo celeste "no tiene ánimo de golpear o agredir voluntariamente al adversario". Así, "con carácter excepcional y en consonancia con la Regla 12 –faltas e incorrecciones- de las vigentes Reglas de juego FIFA, en orden a tipificar genéricamente las infracciones sancionables con amonestación, o en su caso expulsión, debe considerarse que los hechos son constitutivos de una mera amonestación al tratarse de una imprudente acción de juego peligroso".

De esta forma, Francisco Rubio Sánchez, juez único de competición, emplea el artículo 52.5, en el que se adhiere la multa económica para el club afectado de 30 cuando un jugador sea amonestado, y el 111.1, precepto que, en su apartado a, castiga con amonestación el juego peligroso. El Lucena, con su escrito de alegaciones, solicitó la íntegra revocación de la expulsión de Javi Gómez. Al menos, el juez de competición la ha estimado en parte y Javi Gómez vuelve a ser apto dentro de la plantilla de Rafael Carrillo, Falete.
MANUEL GONZÁLEZ

 

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