El pleno aprueba por unanimidad la modificación del PGOU para prohibir nuevos salones de juego de azar en Lucena

Se establece una moratoria de un año para la redacción de la modificación puntual del PGOU que impedirá, de facto, el proyecto planteado en la calle Juan Valera

30 de Septiembre de 2020

Como estaba previsto, el pleno del Ayuntamiento de Lucena dictaminó este martes de forma favorable y por unanimidad la propuesta del grupo político municipal de IUCA para modificar el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de la ciudad, al objeto de prohibir la instalación de salones de juegos de azar y apuestas deportivas. La iniciativa plenaria incluye, a modo de medida cautelar la suspensión por plazo de un año de toda clase de nuevas autorizaciones y licencias urbanísticas" para el ejercicio de esta actividad en el término municipal.

En la propuesta también se inserta la adopción de medidas para restringir la publicidad de salones de juego y casas de apuestas online en la vía pública y en la red de transporte municipal mediante la modificación de la ordenanza municipal de publicidad con el objetivo de prevenir la salud de los vecinos y la adicción al juego, objetivo que ya recoge el Plan Local de Salud Local del consistorio lucentino con el beneplácito de numerosos colectivos. Además, la moción aprobada recoge la realización de una consulta pública a la ciudadanía a través del portal web del Ayuntamiento por plazo de un mes "para recabar la opinión de los mismos y de las organizaciones más representativas acerca de la futura modificación del planeamiento general".

Como efecto inmediato, la propuesta aprobada impedirá la instalación de un salón de juegos de azar y apuestas deportivas en la calle Juan Valera, actividad que no cuenta a día de hoy con licencia municipal para ejercer esa actividad y que, presumiblemente, no podrá obtenerla tras la aprobación de esta iniciativa. En este sentido, la concejala del PP, Rosario Valverde, puso de manifiesto durante el debate que esta medida podría suponer algún coste económico para las arcas municipales, de acuerdo con el Artículo 27 de la LOUA, que establece que "los peticionarios de licencias solicitadas con anterioridad a la publicación de la suspensión tendrán derecho, en caso de desistirse de su petición, a ser indemnizados del coste de los proyectos".

No se incluyó el punto de la propuesta que pretendía que los locales con autorización ya existentes fuesen declarados en situación de 'fuera de ordenación urbanística" (AFO), no permitiéndose por tanto, la realización de obras de ampliación o consolidación, dado que, a juicio del Secretario de la Corporación, dicha determinación debería formularse una vez que se haya llevado a cabo la modificación del PGOU objeto de la propuesta.

Etiquetas:
Servicios
Agenda
Necrológicas
Farmacias de guardia
Teléfonos de interés