USO muestra sorpresa por el fallo del TSJA que exculpa al PDM de 10 despidos en la piscina

02 de Julio de 2013
 USO muestra sorpresa por el fallo del TSJA que exculpa al PDM de 10 despidos en la piscina
USO muestra sorpresa por el fallo del TSJA que exculpa al PDM de 10 despidos en la piscina
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La Sección Sindical de USO en el ayuntamiento de Lucena ha emitido un comunicado de prensa en el que muestra su extrañeza por el fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sentencia núm. 1728/13 de cinco de junio de 2013 –de la que ayer les dábamos cuenta– que estima el recurso de suplicación interpuesto por el Patronato Deportivo Municipal de Lucena contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba, revocando parcialmente la sentencia recurrida, que se mantiene en cuanto de la improcedencia del despido de diez trabajadores de la empresa Hydra Gestión Deportiva que prestaban servicio en las Piscinas Municipales, pero condena a por los mismos a la empresa y no al ayuntamiento, como había ocurrido en primera instancia.
 
Indica USO que "se da la paradoja" que esta misma Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en sentencia de 20 de diciembre de 2012 correspondiente al delegado sindical de USO y también trabajador de las piscinas, Rubén García Ramos, falló en sentido contrario del que lo hace ahora el mismo Tribunal, ratificando la condena al Excmo. Ayuntamiento de Lucena y al Patronato Deportivo Municipal.
 
Según el sindicato, en los Fundamentos de Derecho de ambas sentencias existe un punto en común y una importante omisión que no se ha tenido en cuenta en esta última: el punto en común es la no vinculación del Ayuntamiento al Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios, al no haber estado representados en la negociación de esta norma convencional. En cuanto a la omisión en esta segunda sentencia, se trata de "no haber tenido en cuenta el compromiso adquirido en sesión plenaria de 28 de enero de 2001 por el que se proponía la resolución de mutuo acuerdo del contrato de gestión del servicio de actividades deportivas en las piscinas municipales así como en la zona termal, acondicionamiento físico y restauración con la empresa Hydra Gestión Deportiva, S.L., en el que de manera explícita se dice: “lo que conllevará la subrogación de los contratos de los actuales empleados de la concesionaria por parte del nuevo adjudicatario”, cuestión que si atendía el fallo del Juzgado de lo social 1 de Córdoba.
 
Considera USO que la anterior concesionaria Hydra Gestión Deportiva, recurrirá esta sentencia, lo que provocará una nueva demora en la resolución del conflicto, que se terminará dirimiendo ante el Tribunal Supremo.
 
USO señala que "de cuatro sentencias sobre idéntico caso, tres de ellas consideran responsable al P.D.M. (dos de los Juzgados de lo Social de Córdoba y una del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía), y tan sólo una considera responsable a Hydra Gestión Deportiva".
 
 
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