Entra en vigor la nueva ordenanza sobre el uso de patinetes eléctricos, que establece sanciones de 60 a 500 euros para quienes incumplan las normas

La norma establece la prohibición de usar este tipo de vehículos a menores de 16 años y la circulación por vías con velocidades permitidas superiores a los 30 kilómetros por hora

07 de Noviembre de 2023
Un momento de la presentación de la nueva ordenanza
Un momento de la presentación de la nueva ordenanza

La proliferación del uso de patinetes eléctricos y vehículos similares (VMP) en las calles de Lucena ha llevado al ayuntamiento a promover una modificación de la Ordenanza Municipal de Tráfico para incluir en la misma una regulación específica del uso de este tipo de vehículos, que ahora entra en vigor y que esta mañana han presentado el concejal de Seguridad Ciudadana, Ángel Novillo, y los responsables de la policía local José Pino y David Navas.

La ordenanza, que adapta la normativa nacional para VMP vigente a nuestra ciudad, dispone aspectos con la prohibición de circular con estos vehículos a menores de 16 años o de ser usados simultáneamente por más de una persona, aunque no considera obligatorio, aunque si recomendable, usar casco y chaleco reflectante y disponer de seguro de responsabilidad civil. 

Además, establece que este tipo de vehículos no podrán circular por vías cuya velocidad máxima sea superior a los 30 kilómetros por hora, como ocurre en la Ronda Sur o los bulevares de Las Palomas o Los Santos, y deberán respetar las normas generales de circulación, como la necesidad de respetar una distancia mínima de separación de un metro respecto a cualquier peatón en plataformas de uso compartido –siendo necesario cesar en el uso del patinete si ello no es posible– o la prohibición de uso por aceras, parques, zonas peatonales y áreas de acceso restringido a vehículos del casco histórico. 

También se establece la prohibición de circular bajo los efectos del alcohol, usar auriculares, reproductores de sonido o teléfonos móviles, cruzar en marcha por pasos de peatones o por zonas en las que se desarrolle cualquier evento deportivo, cultural o religioso. 

SANCIONES DE 60 A 500 EUROS

La nueva normativa también establece el tipo de sanciones económicas de aplicación, que van de los 60 a los 500 euros. Así, se establecen las sanciones máximas para casos de conducción temeraria o bajo los efectos del alcohol o drogas, y se multará con 200 euros conductas como conducir un VMP con dos o más personas, superar la velocidad permitida, conducción negligente, uso de auriculares, teléfonos móviles o reproductores de sonido o conducción por aceras, paseos y pasos de peatones o en zonas donde se celebran espectáculos culturales o deportivos. 

La propuesta ha superado ya la exposición pública durante un periodo de 20 días y acaba de entrar en vigor. Ahora está previsto poner en marcha una amplia campaña informativa, que la policía local llevará especialmente a los centros educativos, donde se concentran buena parte de los usuarios de estos vehículos. Además se pondrán en marcha controles selectivos para observar el cumplimiento de la ordenanza y tras un periodo de transición, especialmente centrado en la información, se impondrán las multas que correspondan.

 

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