Entra en vigor la nueva ordenanza sobre el uso de patinetes eléctricos, que establece sanciones de 60 a 500 euros para quienes incumplan las normas

La norma establece la prohibición de usar este tipo de vehículos a menores de 16 años y la circulación por vías con velocidades permitidas superiores a los 30 kilómetros por hora

07 de Noviembre de 2023
Un momento de la presentación de la nueva ordenanza

La proliferación del uso de patinetes eléctricos y vehículos similares (VMP) en las calles de Lucena ha llevado al ayuntamiento a promover una modificación de la Ordenanza Municipal de Tráfico para incluir en la misma una regulación específica del uso de este tipo de vehículos, que ahora entra en vigor y que esta mañana han presentado el concejal de Seguridad Ciudadana, Ángel Novillo, y los responsables de la policía local José Pino y David Navas.

La ordenanza, que adapta la normativa nacional para VMP vigente a nuestra ciudad, dispone aspectos con la prohibición de circular con estos vehículos a menores de 16 años o de ser usados simultáneamente por más de una persona, aunque no considera obligatorio, aunque si recomendable, usar casco y chaleco reflectante y disponer de seguro de responsabilidad civil. 

Además, establece que este tipo de vehículos no podrán circular por vías cuya velocidad máxima sea superior a los 30 kilómetros por hora, como ocurre en la Ronda Sur o los bulevares de Las Palomas o Los Santos, y deberán respetar las normas generales de circulación, como la necesidad de respetar una distancia mínima de separación de un metro respecto a cualquier peatón en plataformas de uso compartido –siendo necesario cesar en el uso del patinete si ello no es posible– o la prohibición de uso por aceras, parques, zonas peatonales y áreas de acceso restringido a vehículos del casco histórico. 

También se establece la prohibición de circular bajo los efectos del alcohol, usar auriculares, reproductores de sonido o teléfonos móviles, cruzar en marcha por pasos de peatones o por zonas en las que se desarrolle cualquier evento deportivo, cultural o religioso. 

SANCIONES DE 60 A 500 EUROS

La nueva normativa también establece el tipo de sanciones económicas de aplicación, que van de los 60 a los 500 euros. Así, se establecen las sanciones máximas para casos de conducción temeraria o bajo los efectos del alcohol o drogas, y se multará con 200 euros conductas como conducir un VMP con dos o más personas, superar la velocidad permitida, conducción negligente, uso de auriculares, teléfonos móviles o reproductores de sonido o conducción por aceras, paseos y pasos de peatones o en zonas donde se celebran espectáculos culturales o deportivos. 

La propuesta ha superado ya la exposición pública durante un periodo de 20 días y acaba de entrar en vigor. Ahora está previsto poner en marcha una amplia campaña informativa, que la policía local llevará especialmente a los centros educativos, donde se concentran buena parte de los usuarios de estos vehículos. Además se pondrán en marcha controles selectivos para observar el cumplimiento de la ordenanza y tras un periodo de transición, especialmente centrado en la información, se impondrán las multas que correspondan.

 

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