Protección Civil de Lucena difunde en zonas rurales la normativa que prohibe la quema de residuos agrícolas o el encendido de barbacoas en zonas recreativas por alto riesgo de incendio

La normativa establece un periodo de alto riesgo de incendios forestales y una serie de restricciones, que arrancan este 1 de junio y continuarán hasta el 15 de octubre.

02 de Junio de 2024
Voluntarios de la Agrupación de Protección Civil durante la distribución de los carteles en zonas rurales de Lucena
Voluntarios de la Agrupación de Protección Civil durante la distribución de los carteles en zonas rurales de Lucena

La Agrupación de Protección Civil de Lucena está durante estos días realizando una campaña informativa sobre la Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

Se han visitado los diferentes puntos y diseminados de nuestra ciudad además de las pedanías, donde se han colocado carteles informativos en los puntos de mayor confluencia.

Esta orden establece un periodo de alto riesgo de incendios forestales y una serie de restricciones, que arrancan este 1 de junio y continuarán hasta el 15 de octubre.

En esencia la orden prohíbe la quema de vegetación natural, residuos agrícolas y forestales y el encendido de fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello. Aunque con menor incidencia en nuestra comarca, también se prohibe el uso del fuego en calderas de destilación y en hornos de carbón y piconeo o el uso del fuego en la actividad apícola, excepto en el empleo de ahumadores para el manejo de colmenas en aquellas explotaciones apícolas inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, siempre que se cumpla con las condiciones del Plan de Autoprotección.

Carteles distribuidos por la Agrupación de Protección Civil
Carteles distribuidos por la Agrupación de Protección Civil

La orden no se limita estrictamente a la quema y combustión de materia, también prevé que un incendio puede estar provocado por la circulación de vehículos a motor en determinadas zonas; es por esto que queda prohibida la circulación con vehículos a motor campo a través, por cauces secos o inundados, vías pecuarias, vías forestales de extracción de madera y pistas forestales situadas fuera de la red de carreteras.

Desde la Agrupación de Protección Civil de Lucena se incide en la labor crucial que puede realiza la ciudadanía, avisando ante el más mínimo indicio de incendio, y no dudando en denunciar ante las autoridades competentes las imprudencias vecinales.

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